SANCIONARÁN MALTRATO ANIMAL

El Diputado Horacio Tijerina, integrante de la Comisión de Justicia y SeguridadPública, presentó ante el pleno un dictamen que contiene la iniciativa de reforma alartículo 445 del Código Penal para el Estado de Nuevo León, en materia demaltrato y crueldad animal.El maltrato animal, es sin duda una situación que provoca alarmantesmanifestaciones por romper con la convivencia pacífica de la sociedad, puesaparte de su valor intrínseco respecto a los animales, representa sin duda unindicador de riesgo social y de alteración de la salud pública, incluso se le haconsiderado como la antesala de la violencia. En relación a esto, el Congreso del Estado aprobó las siguientes reformas:Artículo 445.- Al que por acción u omisión cometa maltrato o crueldad animal encontra de cualquier especie de animal doméstico, causándole lesiones uocasionándole dolor o sufrimiento afectando su bienestar, se le impondrán de 1 a3 meses de prisión y sanción pecuniaria de 25 a 50 cuotas. cuando el maltrato ocrueldad implique poner en peligro la vida del animal doméstico, la pena seincrementará hasta en una mitad; y en caso de que el maltrato o crueldad animalle cause la muerte al animal doméstico, se impondrán de seis meses a dos añosde prisión y sanción pecuniaria de 100 a 250 cuotas.Además de las sanciones previstas para este delito, cuando el maltrato o crueldaden contra de cualquier animal doméstico en términos del párrafo anterior seacometido por un servidor público que derivado de su función tenga por encargo elcuidado de animales domésticos, será sancionado con inhabilitación o suspensiónpara ejercer un cargo o comisión por un tiempo igual a la pena de prisión La autoridad podrá sustituir total o parcialmente la pena por tratamientopsicológico hasta de 180 días, o por la prestación de jornadas de trabajo en favorde la comunidad de hasta 180 días.El dictamen fue aprobado por unanimidad de los Diputados.

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