APRUEBAN REFORMA A LA LEY DEL NOTARIADO

El Congreso del Estado aprobó reformar diversas disposiciones de la Ley de Notariado del Estado de Nuevo León y el artículo 2449 del Código Civil para el Estado de Nuevo León, en materia de despojo de inmuebles.

El dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y Seguridad Pública y de Legislación fue presentado en Tribuna por la Diputada Claudia Caballero.

«Con el objetivo de disuadir el despojo de inmuebles en la entidad y de encontrar los mecanismos jurídicos óptimos para fortalecer los candados que brinden mayor seguridad jurídica para las y los ciudadanos de Nuevo León y la defensa de su patrimonio, la Comisión de Justicia y Seguridad Pública realizó el año pasado mesas de trabajos con autoridades, expertos y víctimas del delito de despojo, a fin de primero, identificar las áreas de oportunidad en la legislación estatal y las raíces del delito, y a su vez, proponer soluciones y acciones contundentes que permitan se garantice el respeto al derecho fundamental a la propiedad, en términos de lo dispuesto por nuestro marco constitucional», afirmó la Legisladora.

El despojo de bienes inmuebles, de manera culposa o dolosa, es un acto que violenta el derecho a la seguridad jurídica de los legítimos poseedores o propietario de un bien inmueble que puede tener consecuencias graves para las personas víctimas, incluyendo la pérdida de patrimonio propio y daños emocionales duraderos. La seguridad del derecho a la propiedad debe ser abordada de manera efectiva a fin de prevenir que se sigan violentando estos derechos.

«La protección del patrimonio y los derechos de los ciudadanos, es fundamental que las autoridades asuman la responsabilidad de garantizar la seguridad y la integridad de las personas propietarias. Esto implica asegurar que las normativas y regulaciones vigentes proporcionen modelos sólidos de prevención y una clara regulación de los procesos de enajenamiento de inmuebles. Tales medidas son cruciales para salvaguardar el patrimonio de los ciudadanos y promover una vida digna, así como para facilitar el pleno ejercicio de sus derechos», aseguró la Diputada Caballero.

La existencia de normativas efectivas y transparentes en materia de propiedad y enajenamiento de bienes raíces es esencial para proporcionar seguridad jurídica a los propietarios. Estas normativas deben establecer procedimientos claros y justos que protejan a los ciudadanos de posibles fraudes, abusos o conflictos legales relacionados con la propiedad. Asimismo, deben garantizar que los procesos de compra, venta o arrendamiento de bienes inmuebles se realicen de manera transparente y equitativa, asegurando así la confianza en el sistema legal y promoviendo un ambiente propicio para la inversión y el desarrollo económico.

Se aprobó modificar la fracción I del artículo 30, el segundo párrafo del artículo 84, el artículo 107, 126, el segundo párrafo del artículo 133, el artículo 138, 138 bis, fracción VIII del artículo 156; se adiciona un segundo, tercero y cuarto párrafo a la fracción III al artículo 106, una fracción XII al artículo 106, un tercer párrafo al artículo 133, una fracción IX al artículo 156, una fracción III al inciso B del artículo 181; y se deroga el segundo párrafo del artículo 84, el último párrafo del artículo 87, el segundo y tercer párrafo del artículo 104, el artículo 104 bis, el segundo, tercero, cuarto y quinto párrafo del artículo 105, el artículo 108 y el artículo 138 bis 1, todos de la Ley del Notariado del Estado de Nuevo León.

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